Durante cuarentena, domiciliarios y tiendas solo podrán funcionar en estos horarios

Tras la decisión de extender la cuarentena hasta el 27 de abril, el Gobierno Nacional también anunció nuevas disposiciones para esta segunda etapa como la restricción del horario de funcionamiento de locales comerciales de productos de primera necesidad.

De acuerdo al decreto 531 de 2020, los mercados de abasto, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas, mercados al detal en establecimientos, locales comerciales a nivel nacional y los domicilios, solo podrán prestar sus servicios entre las 6:00 a.m. a las 8:00 p.m.

La medida comenzará a regir a partir del próximo lunes, 13 de abril, hasta el domingo 27 de abril a las 00:00 horas.

Ante la restricción, algunos domiciliarios se presentaron inconformes pues indican que de 8:00 p.m. a 10:00 p.m. es el horario en que mayor trabajo tienen.

La ministra del interior, Alicia Arango, señaló que, junto con la Policía Nacional y el presidente, estudiarán la posibilidad de replantear los horarios o dejarlos igual.